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Llegando a un acuerdo antes del día programado para la audiencia


Las partes involucradas en un litigio que acuden al tribunal en busca de ayuda, con frecuencia deciden primero discutir su caso, con el propósito de poder llegar a un acuerdo. Al llegar a un acuerdo, los litigantes son los que deciden cuál va a ser el resultado de la disputa y,además, no tendrán que comparecer ante un juez o árbitro. Muchos litigantes deciden ponerse de acuerdo, sin tener que ir a juicio, ya que al llegar a un acuerdo o compromiso, estos podrán resolver la disputa de manera rápida y segura.

En el caso de que el demandado y el demandante lleguen a un acuerdo o compromiso en relación con la disputa de reclamos menores antes del día programado para la audiencia, y que se haya pagado el dinero que estaba siendo reclamado, el demandante tendrá que informárselo por correo al secretario del tribunal de reclamos menores. Active el enlace titulado direcciones para averiguar dónde tiene que enviar su carta. De llegarse a un acuerdo, ninguno de los litigantes tendrá que comparecer ante el tribunal.

Si el demandado y el demandante llegan a un acuerdo o compromiso en relación con la disputa de reclamos menores antes del día programado para la audiencia, pero todavía no se ha pagado el dinero que se reclama o, en el caso de que ambas partes del litigio tengan esperanzas de poder solucionar la disputa, pero todavía están en medio del proceso de negociación de los términos de dicho acuerdo, el demandante tendrá que comparecer ante el tribunal el día programado para su audiencia y de esta manera, evitar que su caso sea anulado. El demandante debe pedírle un "aplazamiento debido a la posible resolución de la disputa" al juez, quién a su vez autorizará una nueva fecha de comparecencia. Si los litigantes no pueden resolver la disputa de reclamos menores, estos tendrán que comparecer ante el tribunal en la nueva fecha que se haya programado, preparados para presentarle al juez o árbitro cualquier evidencia significativa para su caso.