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Fallos judiciales


El juez o árbitro tomará una decisión después que se lleve a cabo un juicio o indagatoria. El tribunal enviará una notificación del fallo judicial a ambas partes del litigio. Dicha notificación del fallo incluirá la decisión del árbitro o juez. Si el demandante gana el caso, el tribunal emitirá un fallo monetario a su favor y en detrimento del demandado. El demandado está obligado legalmente a pagar el fallo monetario y el demandante podrá a su vez, usar todos los medios legales a su alcance para hacer que el demandado cumpla con dicho fallo.

El demandante, en cuyo favor se ha emitido el fallo, es conocido como el "acreedor del fallo", y el demandado, quien está obligado a pagar la cantidad establecida por el tribunal, es conocido como el "deudor del fallo".

El deudor tiene un plazo de 30 días a partir de la fecha en que reciba la notificación del fallo judicial para pagar dicho fallo. El deudor tiene la obligación de probarle al tribunal de que el fallo ha sido pagado.
El fallo judicial es válido por un período de 20 años.

Solo podrá apelarse un fallo judicial que haya sido emitido por un juez y no por un árbitro. Si desea más información al respecto, dirijáse a la sección titulada apelaciones. Si él(la) deudor(a) no comparece ante el tribunal el día señalado para la audiencia, él o ella será declarado en rebeldía. De ser este el caso, él(la) deudor(a), podrá venir al tribunal para pedir que se anule la declaración de rebeldía o incumplimiento emitida en su contra. Si desea obtener más información sobre este tema, active el enlace titulado anulando un fallo en rebeldía.

Si el deudor del fallo no cumple con el pago del mismo, el acreedor del fallo podrá tomar las medidas que sean necesarias para cobrar la cantidad adeudada. Se pueden intentar varios procedimientos legales que pueden ser utilizados para hacer cumplir con este objetivo, o sea, poder cobrar el monto del fallo judicial, entre los que se pueden mencionar los siguientes: prohibir el acceso del deudor a sus bienes o activos, incautar la propiedad del deudor, o embargar sus cuentas bancarias o su salario. Para mayor información active el enlace cómo cobrar el fallo judicial.