Auto Representación
Si ha sido citado ante el tribunal o forma parte de algún proceso judicial, usted tiene derecho a representarse a sí mismo. Este tipo de representación es conocida en términos legales como “Pro Se” o “Litigante Auto representado”. Pro Se es un término proveniente del latin que significa “por sí mismo”.
El representarse a uno mismo en un procedimiento legal, no es una decisión que puede ser tomada a la ligera. Antes de hacerlo, usted debería preguntarse si no sería más práctico o sabio, aprovechar mejor su tiempo y dinero y consultar o contratar a un abogado (quien obviamente está mejor preparado y familiarizado con la ley), para que sea este quien se encargue de representarlo a usted, y le aconseje qué es lo que debe hacer, cómo debe hacerlo, y le explique cúales son las posibilidades de que obtenga el fallo judicial que desea.
Aunque el personal que trabaja en los tribunales puede proveerle información muy valiosa, estos se enfrentan a ciertos límites que no pueden sobrepasar, o sea que la información que ellos van a poder proveerle va a ser muy limitada. Usted debe saber que los empleados del tribunal no pueden darle consejo legal, asi que sería beneficioso que, de ser posible, busque ayuda legal. Para ello, podrá utilizar los enlaces que aparecen en esta página web, si es que desea obtener más información sobre el tema de la auto representación.
Advertencia: Toda empresa o corporación que haya sido citada ante el tribunal, tiene que estar representada por un abogado, según lo indicado en los estatutos legales CPLR 321. Esto significa que, siempre y cuando una de las partes de la demanda sea una empresa o corporación, solamente un abogado que represente a dicha entidad estará autorizado para presentar o responder una demanda, asi como manejar todos los trámites relacionados con dicho proceso legal.