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Auto representación
Si ha sido citado ante el tribunal o forma parte de algún
proceso judicial, usted tiene derecho a representarse a sí mismo.
Este tipo de representación es conocida en términos
legales como “Pro Se” o “Litigante Auto representado”.
Pro Se es un término proveniente del latin que significa “por
sí mismo”.
El representarse a uno mismo en un procedimiento legal, no es
una decisión que puede ser tomada a la ligera. Antes de
hacerlo, usted debería preguntarse si no sería
más práctico o sabio, aprovechar mejor su tiempo
y dinero y consultar o contratar a un abogado (quien obviamente
está mejor preparado y familiarizado con la ley), para
que sea este quien se encargue de representarlo a usted, y le
aconseje qué es lo que debe hacer, cómo debe hacerlo,
y le explique cúales son las posibilidades de que obtenga
el fallo judicial que desea.
Aunque el personal que trabaja en los tribunales puede proveerle
información muy valiosa, estos se enfrentan a ciertos
límites que no pueden sobrepasar, o sea que la información
que ellos van a poder proveerle va a ser muy limitada. Usted
debe saber que los empleados del tribunal no pueden darle consejo
legal, asi que sería beneficioso que, de ser posible,
busque ayuda legal. Para ello, podrá utilizar los enlaces
que aparecen en esta página web, si es que desea obtener
más información sobre el tema de la auto
representación.
Advertencia: Toda empresa o corporación que haya sido
citada ante el tribunal, tiene que estar representada por un
abogado, según lo indicado en los estatutos legales CPLR
321. Esto significa que, siempre y cuando una de las partes de
la demanda sea una empresa o corporación, solamente un
abogado que represente a dicha entidad estará autorizado
para presentar o responder una demanda, asi como manejar todos
los trámites relacionados con dicho proceso legal.
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